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Unidad de Control Ambiental

NIVEL JERÁRQUICO: Operativo.

RELACIÓN DE DEPENDENCIA: Lineal de la Dirección de Gestión y Salud Ambiental.

RELACIÓN DE AUTORIDAD: Personal de su dependencia.

OBJETIVO: Preservar y mejorar el medio ambiente de la gestión en los límites asignados al municipio, en concordancia a disposiciones legales, políticas y estrategias delineadas por la instancia superior.

RESPONSABILIDAD: Responsable del control y seguimiento ambiental dentro el municipio de Oruro.

FUNCIONES:

a) Ejercer la función de control y vigilancia a nivel municipal sobre todas las actividades que puedan afectar el medio ambiente y los recursos naturales.

b) Llenado de los registros ambientales de las actividades nuevas y/o antiguas previa inspección para proseguir con el trámite de la licencia de funcionamiento (Padrón Municipal) en las unidades correspondientes.

c) Coordinar con los organismos competentes para expedir y aplicar normas técnicas, manuales y parámetros generales de protección ambiental.

d) Establecer estrategias de coordinación administrativa y de cooperación con los distintos organismos públicos y privados.

e) Revisar los instrumentos de regulación de alcance particular y general (IRAP´s – IRAG´s): ficha Ambiental, Manifiesto Ambiental, Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental, Medidas de Mitigación y Plan de Adecuación y Seguimiento Ambiental e Informes de Monitoreos Ambientales conforme al Reglamento de Prevención y Control Ambiental (RPCA).

f) Difusión del Reglamento Ambiental Municipal.

g) Según Reglamento Ambiental para el sector Industrial Manufacturero (RASIM) por Decreto Supremo Nº 26736, en su anexo 7, debe efectuar actividades de verificación y actividades de control y monitoreo de parámetros y sustancias con el fin de: contar con prácticas de producción más limpia, límites permisibles, monitoreo de parámetros y sustancias.

h) Efectuar la verificación de la Declaración Jurada de documentos ambientales: Manifiesto Ambiental Industrial y el Plan de Manejo Ambiental.

i) Dar un veredicto técnico sobre aprobación o rechazo de la propuesta del documento, con la justificación establecida en el RASIM.

j) Solicitar a las industrias registradas el Informe Ambiental Anual (IAA) y efectuar el seguimiento, control, con el fin de analizar los indicadores de rendimiento (materias primas, insumos, energía, agua y otros).

k) Efectuar programas e iniciativas para prevenir, reducir, controlar la contaminación ambiental, según el Reglamento Ambiental Municipal.

l) Efectuar inspecciones programadas de oficio, por denuncias, por contingencia y vigilancia a las AOP´s públicas y privadas según lo establecido en la Ley Nº 1333 y sus reglamentos conexos: RGGA, RPCA, RASIM, RAAM y RAM.

m) Realizar compromisos de responsabilidad ambiental estableciendo recomendaciones de: manejo adecuado de sólidos y líquidos, contaminación del aire, acústica y el cuidado de las áreas verdes, para actividades económicas que no requieran IRAP´s.

n) Reportar la información generada en el municipio al Sistema de Información Ambiental Industrial (SIAI) administrado por el organismo.

o) Emitir dictamen técnico administrativo cuando el hecho constituye una infracción ambiental municipal.

p) Emitir informes semestrales, anuales y cuando se disponga de las actividades del POA u otras.

q) Elaborar el POA de la gestión de la Unidad.

r) Realizar otras funciones inherentes a su cargo o a solicitud del inmediato superior.


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8:30 – 12:00 / 14:00 – 18:30

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